Colectivos de jóvenes especialmente afectados por el desempleo pueden solicitar el Bono de Empleo Joven
Personas discapacitadas en grado igual o superior a un 33%, que se incorporen al mercado laboral procedentes de instituciones de protección y reforma, que tengan cargas familiares, víctimas de violencia de género y víctimas de actos terroristas
La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA el Decreto-Ley 8/2013, de 28 de mayo, de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento, destinas a colectivos especialmente afectados por el desempleo.
Las medidas de fomento de empleo se concretan en las siguientes líneas de ayuda:
- Programa Bono de Empleo Joven.
- Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo.
- Programa de Apoyo a la Economía Social.
- Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores de formación profesional.
El régimen específico del Programa Bono de Empleo Joven señala que pueden solicitar dicho bono las personas físicas que tengan vecindad administrativa en alguno de los municipios de Andalucía, tengan edades comprendidas entre 18 y 35 años y no estén inscritas en alta de Seguridad Social y no desempeñen trabajo retribuido por cuenta ajena. Además, los jóvenes solicitantes deberán estar en posesión del título universitario, técnico de Formación Profesional o de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
El número de bonos ascenderá a 3.125 y la cuantía máxima por beneficiario será de 4.800 euros, distribuidos en doce mensualidades (400 euros), establecida para un contrato laboral a jornada completa.
Las solicitudes para el Programa Bono Joven irán dirigidas a Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y se podrán presentar de forma telemática en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía; también personalmente en el Registro General del SAE y sus registros auxiliares, así como en los registros de las Direcciones Provinciales del SAE.
Para la obtención del Bono de Empleo Joven se valorará el expediente académico, la inscripción como demandante de empleo y tener una antigüedad mayor o igual a tres años y pertenecer a zonas de especial atención para el empleo.
Los colectivos preferentes del Bono de Empleo Joven son personas con discapacidad en grado igual o superior a un 33%, jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma, víctimas de violencia de género, víctimas de actos terroristas y jóvenes sin prestación económica y con cargas familiares.
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